Patricia Beltrán: "Los procesos de violencia familiar no pueden ser utilizados con el fin de perjudicar a otra persona"
Patricia Beltrán Pacheco, profesora PUCP, conversa brevemente con nosotros acerca las recientes modificaciones realizadas a la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, mediante la Ley 31715, publicada el 22 de marzo en el El Peruano. En primer lugar, nos comenta cuáles son los principales cambios introducidos; en segundo lugar, nos señala cuáles son los cambios que debieron ser introducidos; y, finalmente, reflexiona sobre cómo es que debería ser neutralizado el riesgo de condenas injustas.
Dentro de las diversas cuestiones puntualizadas por la profesora Beltrán, resaltamos la siguiente, desarrollada a propósito de nuestra tercera y última pregunta: «Un gran problema que nosotros encontramos es el denominado ‘acoso judicial’. ¿Qué quiere decir ello? Que se utiliza la violencia para conseguir pruebas para otros procesos de [materia de] familia, como tenencia, régimen de visitas, divorcios, suspensiones de patria potestad […], y además lograr que esta persona, que ha sido indebidamente denunciada, tenga un proceso penal en donde hasta se le pueda sentenciar como culpable. Los jueces y juezas somos responsables, al igual que los fiscales de [materia de] familia, de poder filtrar realmente los casos de violencia; y también trabajar con los abogados y abogadas de [materia de] familia para que las denuncias sean reales».
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