Eugenia Ariano sobre la reforma del recurso de casación: "Va a ser el gran fracaso"
El pasado 26 de octubre fue publicada, en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 31591 por la cual se modificaron diversos artículos del Código Procesal Civil, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El objeto de la Ley, como lo evidencia su nombre, es el de «optimizar el recurso de casación para fortalecer las funciones de la Corte Suprema».
Evidentemente, la institución procesal que sufrió mayores modificaciones fue el recurso de casación pues, por ejemplo, se establecieron nuevas causales de procedencia como que la cuantía de la controversia sea mayor a 500 unidades de referencia procesal y que la sentencia de segunda instancia revoque, en todo o en parte, la de la primera. Sin embargo, el recurso de apelación también sufrió modificaciones, principalmente, al eliminarse la institución de la adhesión a la apelación.
Entonces, con la finalidad de conocer a profundidad las implicancias de la reforma, conversamos con Eugenia Ariano Deho, profesora asociada PUCP y UNMSM, quien desarrolló diversos aspectos de la Ley 31591 como, por ejemplo, su constitucionalidad, y la introducción de la doble conforme y del requisito de la cuantía mínima.
Dentro de las diversas reflexiones desarrolladas por la profesora, rescatamos la siguiente sobre el balance positivo o negativo de la reforma: «La idea fundamental [de la reforma] es reducir el número de casos que ingresan a la Corte Suprema. Esa es la idea de todo, sobre todo, si esto viene de iniciativa de la propia Corte Suprema: lo que quiere es aligerar su trabajo para ‘optimizar’ su función de ‘órgano de vértice’ y cosas así. Positivo o negativo lo podremos evaluar en términos de la intención de la Ley mirando los números».
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