El acoso judicial: una nueva forma de violencia
Imagina haber terminado una relación amorosa debido a que se tornó violenta e insostenible; y, cuando pensabas que todo iba a mejorar, que la respuesta de tu exesposo sea interponer varias denuncias en tu contra, en distintas comisarías y juzgados, por un mismo hecho.
Este es el caso de Natalia Manso Álvarez, quien, en el año 2021, denunció a su esposo, Antun Ucovich, por violencia psicológica. Natalia decidió terminar su relación, tras doce años de matrimonio, debido a que se había tornado violenta. Luego de haber denunciado a su esposo, Natalia comenzó a sufrir un continuo hostigamiento judicial. Ucovich empezó a interponer denuncia tras denuncia en distintas comisarías y juzgados en contra de Natalia llegando a tener un total de once denuncias en su contra. “Es una campaña sistemática de desgaste. A él no le importa que archiven las denuncias. El objetivo del acosador judicial no es ganar juicios, es anularte como persona al causarte estrés, ansiedad y nervios”, declaró Manso (Gestión, 2021).
Si bien la promulgación de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, supuso un avance significativo en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, la realidad demostró que se siguen identificando nuevas formas de violencia sistemática contra estas. En ese sentido, la Defensoría del Pueblo (2021), en el Informe de Adjuntía 019-2021-DP/ADM, precisó el acoso judicial, también llamado hostigamiento judicial, como el uso indiscriminado y excesivo de los mecanismos legales con el objetivo de dificultar el ejercicio del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva de las víctimas, alejándose, así, de su finalidad prevista en la ley y desnaturalizando su esencia tuitiva.
Asimismo, mediante una nota de prensa, la Defensoría del Pueblo (2021) señaló que la interposición sistemática de denuncias y demandas se viene convirtiendo en una herramienta de coerción y control generando una situación de vulnerabilidad para las víctimas de violencia de género. Además, advirtió que el acoso judicial representa una violencia psicológica, y económica o patrimonial, la cual se ve agravada en circunstancias en que las víctimas pertenecen a algún grupo vulnerable (personas con discapacidad, pueblos indígenas, etc.) o se encuentren en una situación que las que no cuenten con soportes familiares, como las ciudadanas extranjeras.
Tomando en cuenta las consideraciones planteadas, y mediante Decreto Supremo 005-2022-MIMP, se modificó el Reglamento de la Ley 30364. En ese sentido, se añadió de manera explícita el acoso a través del proceso judicial como un tipo de violencia. Además, se añadió el artículo 8.3, el cual señala que “se entenderá que estamos frente a casos de acoso a través del proceso judicial cuando dentro de procesos judiciales iniciados en el marco de la Ley nº 30364, la persona demandada utiliza indebidamente las herramientas del sistema judicial con el propósito de acosar, desgastar emocionalmente y económicamente a las mujeres”.
REFERENCIAS:
Defensoría del Pueblo (2021) “Se deben prevenir y erradicar prácticas de acoso judicial en casos de violencia contra las mujeres”. Nota de Prensa 619/OCII/DP/2021. Consulta: 19/06/2023.
https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2021/04/NP-619-2021-.docx.pdf.
Defensoría del Pueblo (2021). “Violencia contra las mujeres: cuando las herramientas judiciales son utilizadas indebidamente por los agresores. Análisis de casos”. Informe de Adjuntía 019-2021-DP/ADM. Consulta: 19/06/2023. https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2021/12/Hostigamiento-uso-de-herramientas-judiciales-casos.pdf.
Gestión (2021, 8 de mayo). “El acoso judicial, otra forma de violencia machista sistemática en Perú”. Gestión. Consulta: 19/06/2023. https://gestion.pe/peru/el-acoso-judicial-otra-forma-de-violencia-machista-sistematica-en-peru-noticia/.
Autor: Ernesto Díaz Pardavé, voluntario del la Clínica Jurídica de Violencia de Género