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Hacia una efectiva prevención, protección y atención para víctimas de violencia de género

El Consejo Universitario aprobó el protocolo en atención a las víctimas de violencia de género o de naturaleza sexual. El protocolo define procedimientos para que todas las unidades y todo personal de la PUCP se comprometan con un servicio coordinado, articulado y oportuno, con la buena atención y protección de la integridad personal de la víctima, con la realización de investigaciones justas y con el cumplimiento de las sanciones contra la persona agresora.

Escribe: Celeste Meza

El 10 de febrero del 2021 se aprobó el Protocolo de prevención, atención y protección para víctimas de violencia de género con el objetivo de eliminar definitivamente las acciones violentas de género en nuestra comunidad universitaria. Si bien la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) cuenta desde el 2020 con el nuevo Reglamento Unificado Procedimientos Disciplinarios de la Universidad -el cual regula la prevención, protección y sanción contra el hostigamiento sexual- se considera de igual relevancia actuar contra toda forma de violencia por razones de género o de naturaleza sexual.

NO lo normalices

En el año 2018 se llevó a cabo el primer estudio cuantitativo sobre hostigamiento sexual con 1766 estudiantes de pregrado PUCP, como parte de un estudio comparativo entre universidades latinoamericanas. Este estudio dio como resultado que el 14.1% había sufrido de hostigamiento sexual. Sin embargo, cuando se les preguntó si habían sido besadas o besados sin desearlo, si se habían incomodado porque les mostraron material de contenido sexual, si recibieron preguntas sobre su vida íntima y muchas otras manifestaciones de hostigamiento, resultó que el 66% sí había sufrido algunas de estas conductas (aumentando al 76.3% en el caso de las mujeres), pero que no lo consideraban denunciable, no sabían que se podía denunciar o no lo denunciaron porque temieron que no se les creería.

Este tipo de conductas de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige crea un ambiente intimidatorio o afecta la situación formativa del estudiante. Asimismo, si bien la situación expuesta es un tipo de violencia, existen otras formas graves que también constituyen violencia de género.

Ante estas situaciones, la PUCP, con la aprobación del Protocolo de prevención, atención y protección para víctimas de violencia de género, busca prevenir y atender a las víctimas de violencia de género a las personas que forman parte de la comunidad universitaria. Entre sus más resaltantes lineamientos se encuentran la prevención y las medidas y servicios de protección a la víctima.

Prevención de la violencia de género

Es el conjunto de aquellas medidas, lineamientos y políticas que tienen como objetivos impedir la ocurrencia del hecho violento y limitar el desarrollo de este en el espacio educativo.  La prevención, conjuntamente con los procedimientos adecuados de investigación y sanción, juega un rol crucial en la reducción de la violencia de género en las universidades ya que el espacio educativo no solo deberá impartir conocimientos académicos, sino también tiene el deber incidir sobre el desarrollo integral de las personas.

De ahí que nuestra universidad tenga como objetivo lograr mayor conocimiento y sensibilización sobre los factores de riesgo y protección en torno a la violencia de género, considerando la sensibilización central para generar conciencia necesaria para incidir en el cambio e intervenir para detenerla. Para ello, dispone de medidas de prevención de actos de violencia de género, la cual incluye diversos componentes para cambiar la cultura institucional, reducir el número de personas que son víctimas de violencia de género y lograr una comunidad universitaria libre de acciones violentas.

Los componentes de la prevención de la violencia de género

Son cuatro componentes y se encuentran proyectadas para toda la comunidad PUCP. El primero es la capacitación, esta busca sensibilizar y difundir acerca de las desigualdades de género, los mecanismos de discriminación a mujeres y población LGTBIQ+ y la violencia de género. Se darán con el fin de concientizar sobre los factores de riesgo y protección, así como las manifestaciones, causas y consecuencias de la violencia de género y el establecimiento de límites entre las personas resaltando la importancia de los roles de poder en la enseñanza.

El segundo componente es la comunicación. Tendrá como objetivo informar y concientizar a la comunidad universitaria sobre la violencia de género, sus manifestaciones, causas, consecuencias, así como los canales institucionales para su denuncia. Asimismo, difundirá las acciones establecidas y por implementar, así como la presentación de mensajes comunicacionales dirigidos a la comunidad universitaria acerca de la igualdad de género.

Como tercer componente se encuentra la gestión de conocimiento. Este fomentará la formación e investigación relacionada con la violencia de género para incrementar el conocimiento y la producción académica, y así mejorar la comprensión de la situación en nuestra sociedad y renovar acciones, estrategias y políticas.

El cuarto y último componente es la visibilización de procedimientos y mecanismos institucionales de prevención y atención. Busca fortalecer y divulgar políticas y reglamentos, así como los procedimientos del Protocolo.

Medidas y servicios de protección

La Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAES) tiene a su cargo el Servicio de Protección a Víctimas de Violencia de género que trabaja de manera coordinada con las unidades comprometidas en cada caso particular. En todo momento, la DAES se compromete a guardar todas las medidas vinculadas a la confidencialidad del caso. Los servicios cubren cuatro ámbitos de protección: Acompañamiento psicológico, adaptación académica o laboral, orientación legal y medidas de seguridad.

El acompañamiento psicosocial cuenta con un equipo de psicólogas capacitadas y supervisadas en violencia de género en la Oficina de Bienestar Psicológico de la DAES. Este equipo atiende los casos de forma rápida y sostenida ofreciendo un espacio de acompañamiento psicosocial. Si bien se solicita consentimiento para derivar a la denunciante al espacio de acompañamiento, este primer servicio se considera indispensable, ya que tiene un carácter especializado en situaciones límite que ayuda a comprender que el episodio sufrido constituye uno de violencia de género.

Según la magnitud del acompañamiento, la DAES trabaja en red con los servicios estatales vinculados a salud mental y violencia de género, como los Centros de Emergencia Mujer y, de ser necesario, con servicios particulares de atención al alcance de la denunciante.

En cuanto a la adaptación académica o laboral, según el estado de afectación y el estado de la denuncia de la víctima, la DAES se comunicará con la Secretaría Académica de la Facultad donde estudia o, si trabaja, con la Dirección de Gestión del Talento Humano a fin de determinar un conjunto de medidas que tienen como finalidad evitar el acercamiento del agresor a la víctima (durante la investigación o por solicitud de la Fiscalía) y proteger su desempeño académico o laboral.

Respecto a la orientación legal se brindará asesoría por profesionales del Consultorio Jurídico gratuito de la Oficina Académica de Responsabilidad Social de la Facultad de Derecho. Del mismo modo, se brindarán medidas de seguridad a la víctima. Si bien las medidas de protección son entregadas por el Poder Judicial a la Secretaría General y se avisa de inmediato a la DAES, se podrá solicitar medidas cautelares que serán tomadas por las autoridades de la Universidad ante la urgencia de protección contra el agresor.

Finalmente, la Oficina de Seguridad Integral (OSI) asegurará, mediante el sistema de vigilancia dentro del campus y en el perímetro exterior de la Universidad, que se cumplan las restricciones determinadas por la Fiscalía o el Comité de la Universidad que así lo determine.

Revisar aquí la Propuesta del Protocolo

Revisar aquí la Presentación del Protocolo